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domingo, 1 de marzo de 2015

En marcha la exención para las asociaciones

Lo prometido es deuda. Así, que Hacienda ha decidido ir por la vía rápida y eximir desde ya a las entidades y asociaciones que ingresen menos de 50.000 euros al año de presentar el impuesto de sociedades. Lo decíamos esta semana y han rectificado y actuado con celeridad. Incluso más que la que
la que preveían y lo han incorporado en el Real Decreto-ley 1/2015, de 27 de febrero, de mecanismo de segunda oportunidad, reducción de carga financiera y otras medidas de orden social a través de una modificación de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades. Inicialmente preveían hacerlo a través del nuevo reglamento del impuesto, pero a raíz del revuelo que se suscitó, Hacienda ha optado definitivamente por hacerlo mediante este real decreto con medidas de distinta índole con carácter retroactivo desde el pasado 1 de enero. La técnica clásica del cajón de sastre legal.

En todo caso, es una buena noticia para los cientos de asociaciones, desde las de padres y madres de alumnos (AMPA) hasta los clubs que agrupan a personas con una afición. Aparte del requisito general de los 50.000 euros anuales hay otras dos condiciones que hay que tener en cuenta y que, si se superan, hay que presentar declaración del impuesto: los ingresos correspondientes a rentas no exentas no pueden superar los 2.000 euros y todas las rentas no exentas que obtengan deben estar sujetas a retención.

viernes, 27 de febrero de 2015

Asociaciones: mejor una rectificación a tiempo

Es mejor una rectificación a tiempo que con retraso. El cambio de Hacienda con las entidades y asociaciones, que ahora no tendrán que presentar declaración del impuesto de sociedades si no superan los 50.000 euros de ingresos anuales es una buena noticia.
Era un auténtico disparate obligarles a llevar la misma contabilidad y las formalidades que las empresas. Está bien que haya controles tributarios, incluso a la menor escala posible, aunque es mejor a la mayor; pero esto era un auténtico despropósito para asociaciones de madres y padres de alumnos (AMPA), asociaciones de vecinos y muchas otras entidades de menor dimensión, como clubs que agrupan a personas con determinadas aficiones.

Hacienda pretende dejar clara ahora la exención general por debajo de los 50.000 euros para evitar alarmas. La intención era hacerlo en el nuevo reglamento del impuesto de sociedades, pero el revuelo provocado por la obligación de presentar declaración y, por tanto, la necesidad de llevar las cuentas como una empresa, ha llevado a la Administración a plantearse introducir este cambio a la ley del impuesto de sociedades a través de un próximo real decreto o normativa que pueda aprobarse con celeridad y con efectos desde el pasado 1 de enero.